Acuerdo No 014 de diciembre de 2002
ARTÍCULO 8.- Son funciones del Consejo Directivo:
a) Formular el plan anual de trabajo del IPAZUD, a propuesta del (de la directora(a).
b) Autorizar al (a la) director(a) para firmar convenios cuya cuantía no exceda los 100 salarios mínimos legales mensuales y vigentes.
c) Aprobar el presupuesto anual de gastos.
d) Velar por el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
e) Aprobar proyectos de investigación, difusión, promoción y pedagogía que se sometan a su consideración.
f) Aprobar la realización de convenios con entidades internacionales y nacionales para el desarrollo de la investigación, la generación de conocimiento, la sensibilización, la pedagogía relacionadas con la paz y resolución de conflictos.
g) Generar espacios de cooperación, integración, unión de esfuerzos relacionados con el tema de la paz.
h) Las demás que le asignen los estatutos y reglamentos de la Universidad.