Acuerdo No 002 del 9 de abril de 2002
ARTÍCULO 29. El Comité de Publicaciones tendrá las siguientes funciones:
1. Tomar las decisiones sobre los libros que debe publicar el Fondo Editorial.
2. Velar por la aplicación de las políticas editoriales.
3. Recibir las propuestas de los materiales evaluados y decidir la conveniencia de su publicación.
4. Determinar la forma de financiación más adecuada a los diferentes proyectos presentados para su estudio.
5. Investigar las necesidades de los lectores y el tipo de libros y temas que más les atraen.
6. Definir los criterios de evaluación para las diferentes publicaciones que se presenten ante los Comités de Publicaciones de las Facultades y de la Universidad.
7. Decidir sobre los precios de los distintos productos editoriales.
8. Decidir sobre los puntos de venta y convenios de distribución comercial.