Acuerdo No 002 del 9 de abril de 2002

ARTÍCULO 29. El Comité de Publicaciones tendrá las siguientes funciones:

1.      Tomar las decisiones sobre los libros que debe publicar el Fondo Editorial.

2.      Velar por la aplicación de las políticas editoriales.

3.      Recibir las propuestas de los materiales evaluados y decidir la conveniencia de su publicación.

4.      Determinar la forma de financiación más adecuada a los diferentes proyectos presentados para su estudio.

5.      Investigar las necesidades de los lectores y el tipo de libros y temas que más les atraen.

6.      Definir los criterios de evaluación para las diferentes publicaciones que se presenten ante los Comités de Publicaciones de las Facultades y de la Universidad.

7.      Decidir sobre los precios de los distintos productos editoriales.

8.      Decidir sobre los puntos de venta y convenios de distribución comercial.