Articulo 20 - Estatuto Estudiantil
 
El comité de admisiones tiene las siguientes funciones:
 
  1. Elaborar y proponer a los consejos superior universitario y académico, políticas de admisión y selección en la Universidad;
  2. Proponer al consejo superior universitario políticas que Garanticen la equidad en el cobro de las matrículas;
  3. Ejercer veeduría en el proceso de admisiones y matrículas en la Universidad;
  4. Conceptuar sobre criterios y procesos de reliquidación de matrículas, y
  5. Las demás que le asigne el consejo superior universitario y el consejo académico.