Articulo 20 - Estatuto Estudiantil
El comité de admisiones tiene las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer a los consejos superior universitario y académico, políticas de admisión y selección en la Universidad;
- Proponer al consejo superior universitario políticas que Garanticen la equidad en el cobro de las matrículas;
- Ejercer veeduría en el proceso de admisiones y matrículas en la Universidad;
- Conceptuar sobre criterios y procesos de reliquidación de matrículas, y
- Las demás que le asigne el consejo superior universitario y el consejo académico.