FUNCIONES DEL CONSEJO CURRICULAR

ARTÍCULO 24

ACUERDO 004 Febrero 26 de 1996

En cada proyecto curricular de pregrado hay un Consejo responsable de su administración integrado de acuerdo con lo previsto en el estatuto general de la Universidad, cuyas funciones son :

a) Presentar al Consejo de Facultad propuestas de aprobación, supresión o modificación de Proyectos Curriculares.

b) Reglamentar los procedimientos en las diversas modalidades de grado.

c) Estudiar y aprobar los proyectos de grado.

d) Realizar la evaluación permanente del proyecto curricular con la participación de estudiantes y profesores.

e) Designar el jurado de los trabajos de grado.

f) Elaborar los perfiles para los concursos docentes.

g) Las demás que le asignen los reglamentos de la Universidad.