Coordinación académica


Consejo Curricular

Es el equipo  que gestiona el desarrollo eficaz del programa de Tecnología en construcciones civiles, mediante el diseño de estrategias para el cumplimiento de los diferentes objetivos y proyectos del mismo.

Integrantes Consejo Curricular
 
Representa Representante Correo
Presidente del Consejo Curricular Edgar Sánchez Cotte esanchez@udistrital.edu.co
Secretario del Consejo Curricular Rafael Enrique Fernández Castillo refernandezc@correo.udistrital.edu.co
Representante del Área Profesional de Tecnología Héctor Alfonso Pinzón hapizonl@udistrital.edu.co
Representante del Área Profesional de Ingeniería Edgar Orlando Ladino eoladinom@udistrital.edu.co
Representante del Área de Ciencias Básicas Eliseo Perez Medina eperezm@udistrital.edu.co
Representante del Área Humanística Jorge Enrique Saby Beltran jesabyb@correo.udistrital.edu.co  
Representante de los estudiantes de Ingeniería Angela Marcela Pineda ampinedal@correo.udistrital.edu.co
Representante de los estudiantes de Tecnología Laura Valentina Garavito lvgaravitog@correo.udistrital.edu.co
 
El Consejo curricular de esta Coordinación de programa, se encuentra integrado según lo estipulado en el estatuto general de la Universidad  Acuerdo 003 de 1997 de CSU (Articulo 34
 
a.) El coordinador de proyecto curricular quien lo preside, designado por el Decano.
b.) Un (1) profesor, por cada uno de los componentes curriculares, designados por el Decano.
 
Los componentes curriculares se definen en el estatuto académico de la Universidad Acuerdo 004 Articulo 27(click para ver el acuerdo)
 

Integracion: Asignaturas que se orientan hacia el ámbito universal de los saberes y de su función en la cultura y en la sociedad.

Basico: saberes que constituyen las teorías y métodos universales organizados en ciencias o disciplinas que dan las bases fundamentales para la aplicación y comprensión en una profesión determinada.

Profesional:  Asignaturas que ofrecen la formación sistemática y específica en la preparación para el desempeño. 

c.) Dos (2) estudiantes del proyecto curricular, designados por el respectivo Consejo de Facultad.
 
Los estudiantes y profesores deben cumplir las mismas calidades, requisitos y períodos establecidos para los integrantes de los Consejos de Facultad.
 
 


Funciones del Consejo Curricular: Acuerdo 004 Artículo 24